Vacaciones

La persona trabajadora habrá de disfrutar de un día completo de descanso en cada semana. Las personas trabajadoras del hogar, tienen derecho a un descanso semanal de día y medio ininterrumpido, preferiblemente en sábado y domingo. podrá acordarse la acumulación de los medios días en periodos de dos semanas.

VACACIONES (CAPÍTULO IV de la LFT)

Las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a vacaciones pagadas después de cumplir un año de trabajo. (Artículo 76) El descanso mínimo es de 12 días, y aumenta 2 días por cada año trabajado, hasta llegar a 20 días. (Artículo 76)

Si el trabajo es por días, las vacaciones también se calculan de forma proporcional. (Artículo 77) Las vacaciones son para descansar, por lo que no pueden cambiarse por dinero. (Artículo 79)

Si la relación laboral termina antes de cumplir un año, se debe pagar la parte proporcional de vacaciones correspondiente al tiempo trabajado. (Artículo 80)

Además, durante las vacaciones, la persona trabajadora debe recibir una prima vacacional de al menos 25% extra sobre el salario de esos días. (Artículo 80)

Calcula los días de vacaciones y la prima vacacional

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1- Ingresa los datos

Año de ingreso:
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Días de descanso: 0

Cuántos días de descanso que le corresponde tomar a la trabajadora al año

Monto de prima: $0.00

Monto de la prima de vacaciones que se debe pagar, adicional a los días de descanso

Días de descanso

Descanso semanal: día y medio ininterrumpido, preferentemente sábado y domingo (Artículo 336).

Por acuerdo entre las partes, los medios días pueden acumularse en periodos de dos semanas, pero siempre debes tener al menos un día completo por semana.

Si vives donde trabajas: descanso mínimo de **3 horas entre la jornada matutina y la vespertina**; la jornada diurna no puede exceder **8 horas diarias** (Artículo 333).

También tienes derecho a los **días de descanso obligatorio** del Artículo 74 de la LFT (1 de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, etc.).

Aguinaldo

Toda trabajadora tiene derecho a un aguinaldo de mínimo 15 días de salario, pagado antes del 20 de diciembre de cada año.
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Salario

Un salario digno debe satisfacer las necesidades de una familia en lo material, lo social y lo cultural, incluyendo la educación de las hijas y los hijos. Para integrarlo se toman en cuenta las prestaciones de ley, como aguinaldo y vacaciones. Deben considerarse las horas efectivas de trabajo, la cantidad y la calidad con que se realiza.
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IMSS

El seguro Social no es un trámite. Es un derecho y una red de protección real.
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Contrato

Uno de los mayores errores al contratar a una persona trabajadora del hogar es olvidarnos del contrato y pensar que ninguna de las partes lo necesita.
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